Todo cuanto entre a tu cuenta bancaria es ingreso acumulable.

Si usted maneja diversos depósitos en sus cuentas bancarias, por los cuales no exista respaldo en su documentación contable, ¡Cuidado! Debemos tener en cuenta, que la autoridad fiscal tiene la facultad de determinar de manera presuntiva supuestos ingresos que usted ha generado en su negocio, y que de no estar de acuerdo, a quien corresponde probar o desvirtuar estas determinaciones es a usted: el contribuyente.

En base a lo anterior, todo depósito que se encuentre registrado en sus cuentas bancarias y no correspondan con los registros de su contabilidad, son automáticamente presumidos como ingresos por los cuales debió pagar impuestos (La facultad a la que me refiero en esta ocasión la podemos encontrar en el artículo 59 fracción I, del Código Fiscal de la Federación).

Inconscientes de esta situación se tienden a hacer manipulaciones a la contabilidad, tratando de justificar dichos depósitos, sobre todo si en realidad no fueron ingresos; pero que debido a la premura de los tiempos para comprobarle a las autoridades, se convierte en una tarea sumamente difícil.

Sabemos que no todos los depósitos en nuestras cuentas son ingresos; pero si no nos preocupamos de comprobar y amarrar todas las operaciones, de tal forma que no quepa la menor duda de que no lo son, nuestra H. autoridad supondrá que sí.

La respuesta, es siempre estar al día con sus operaciones contables y tener buena disposición para proteger cada una de sus operaciones, comprobándolas oportunamente con documentos reales y legales.

Recuerde que la contabilidad es suya, no del contador. El profesionista le apoya, pero no es lo mismo que usted se preocupe directamente. Recomiendo busque asesoría, para evitar no caer en estos casos y realizar una planeación fiscal patrimonial.

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